Limitaciones a la Libertad
Religiosa de los musulmanes
en España
Ponencia presentada por Zakaría Maza al Qurtubí, presidente de la Comunidad «Mezquita Taqwa» de Granada. Seminario «Libertad religiosa».
Sobre las limitaciones de los musulmanes en el ejercicio de su libertad para la práctica del Islam, con respecto a otras confesiones.
Introducción
La libertad religiosa en España es un derecho, recogido por la Constitución Española, que se puede ejercer en España relativamente, en el sentido de que no hay una persecución directa ni obstáculos físicos para que los musulmanes cumplan con sus obligaciones como tales. Sin embargo encuentran “ciertas trabas” para el ejercicio de ese derecho.
Antes de pasar a detallar este aspecto de la libertad religiosa en nuestro país, he de decir que como musulmán español, de Córdoba concretamente, he constatado estos hechos a lo largo de mis dieciséis años de práctica islámica en ésta mi tierra natal, aunque me siento poco identificado con el contexto de la sociedad y el sistema occidental.
Por otra parte, sabemos que los musulmanes españoles somos objeto de análisis y estudio por parte de los medios de comunicación y por parte de ciertas instituciones académicas, sociólogos, politólogos y antropólogos universitarios, tanto españoles como extranjeros.
Puede ser que tenga algo de especial el hecho de cambiar una forma de vida como la europea, con todo su progreso aparente, pero sin coherencia ni orden, por otra tan diferente, la islámica, que comienza una nueva singladura como una puerta que se abre frente a nosotros.
Limitaciones
1. Libertad para elegir la enseñanza religiosa en la escuela.
Hay problemas para ejercerla porque el Convenio de Enseñanza del Islam en las escuelas públicas firmado por las partes aún no lo han hecho efectivo las Consejerías Autónomas. Es decir, trabas burocráticas.
2. La libertad para poder ser enterrado dignamente y conforme a nuestra condición de musulmanes se ve limitada porque nuestros cementerios, en general y el de Granada en especial, no estan formalizados completamente ni adecuados para que cumplan con su función correctamente como la cumplen los cementerios cristianos, por ejemplo.
3. Derecho a una alimentación HALAL. Es decir que se pueda disponer de una forma sistemática y continuada de carne lícita para el consumo de los musulmanes, así como de productos alimenticios, sean sólidos o líquidos, que no contengan sustancias prohibitivas para los musulmanes, tan abundantes actualmente.
4. Un hecho que coarta el ejercicio de la libertad religiosa de los musulmanes se produce con el rechazo de forma arbitraria, por parte de los funcionarios correspondientes, a aceptar el Hiyab o velo en las fotografías de las hermanas musulmanas que tienen que acceder a la obtención del D.N.I. o del Pasaporte.
También, las trabas a la hora de registrar algunos nombres islámicos, que no tienen traducción al español, de niños o niñas nacidos en España.
5. Desde algunas instancias de la sociedad, aunque de forma minoritaria, se ha expresado malestar y formulado quejas cuando, llegada la hora de la oración, se ha hecho la llamada en voz alta desde el balcón de la mezquita que sirve de minarete.
Otras confesiones como la católica gozan del privilegio de lanzar sus campanas al vuelo sin más, y no se plantea ninguna objeción.
6. Hay celebraciones que, falseando la realidad histórica, tienen un efecto provocativo en el seno de la comunidad islámica, como es el caso de la celebración onomástica de la Toma de Granada por parte de los Reyes Católicos. Asimismo, cuando nuestros hijos que estudian en las escuelas públicas se encuentran con que hay crucifijos, fotografías de santos y otras manifestaciones de la simbología católica que se mantienen colgados de las paredes, usados de forma discriminatoria y sin que la Administración haga nada por retirarlos y, de una forma coherente con su carácter aconfesional, ayudar al buen ejercicio de la libertad religiosa.
7. En el capítulo de proyectos islámicos en general y construcción de Mezquitas en particular, hay oposiciones enconadas desde diversos frentes, que retrasan y dificultan su realización. Se producen situaciones contradictorias, ya que por un lado promueven el Legado Andalusí, pero cuando se trata de ejercer una práctica legal y actual de los musulmanes en esta tierra, no se facilita la tarea. En estas y otras situaciones parecidas existe una buena oportunidad para que los Ayuntamientos y Colectivos de todo tipo ejerciten la tolerancia por la que abogan.
8. En la celebración de las festividades islámicas, los musulmanes no encuentran espacios adecuados al no serles, en general, facilitados por el organismo competente.
Tampoco se aplica el derecho a acudir a dichas festividades cuando los musulmanes estan sujetos a un régimen laboral de trabajo, a pesar de estar reconocido en el Acuerdo de Cooperación con el Estado. La Administración, como expresión del espíritu de tolerancia que dice encarnar, debería ocuparse de cursar la circular correspondiente para que los musulmanes pudieran acudir los viernes a la mezquita como está prescrito, así como a otras festividades, tal y como se contempla en el Acuerdo.
fuente:»Web islam»
9. Debería educarse a la comunidad global en la que vivimos, para que se pudiera ejercer la libertad religiosa sin discriminación ni rechazo. Se reducirían así las agresiones verbales que, a menudo, sufren los musulmanes que visten de manera distinta a la habitual, y que son calificados despectivamente con el nombre de “moros”. O cuando las mujeres musulmanas que descienden por las callejas del Albaycín con sus atuendos amplios islámicos, reciben comentarios de mal gusto o consideraciones gratuítas.
10. A la hora de abrir un establecimiento público, como es el caso de una cafetería o local de degustación de zumos, me consta que hay clientes a quienes les resulta insultante el hecho de que no se vendan bebidas alcohólicas, manifestándolo así, de forma que ejercen una presión psicológica que coarta el ejercicio de la libertad religiosa.
Sobre la tolerancia en caso de mayoría islámica
En este caso nos podemos remitir a la historia no lejana de Al-Andalus, donde podemos encontrar numerosas pruebas de que el Islam, en su aplicación correcta, hace gala de una ejemplar “tolerancia” con todas las clases sociales en general sin distinción.